El juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa terminó este jueves 26 de enero con el alegato de la defensa que pidió la absolución y luego condenas intermedias tras la exigencia de prisión perpetua de la Fiscalía y los damnificados. Ahora está en manos del Tribunal Oral Federal de Dolores, que deberá decidir que penas aplica y cómo se computarán los años que ya estuvieron detenidos.
En el abanico de posibilidades aplicables que el Código Penal establece para un hecho como el asesinato ocurrido en Villa Gesell el 18 de enero de 2020, los especialistas en derecho subrayan cuatro figuras. Son la prisión perpetua, el homicidio simple, el homicidio preterintencional y el homicidio en riña, todas con penas variables y que formaron parte de los pedidos ventilados entre el miércoles y el jueves por las partes.
La familia de Fernando, en particular su papá, Silvino Báez, y su mamá, Graciela Sosa, están convencidos de que tiene que haber justicia. Y tanto para ellos como para gran parte de la sociedad, «Justicia es perpetua». Ese reclamo, sintetizado en una consigna que se vio en los últimos días en afiches y carteles en Dolores, no contempla otro horizonte que no sea con los ocho acusados en prisión de por vida.
En Argentina, la figura de la condena a perpetua tiene una condena máxima de 50 años. Sin embargo, una vez computados 35 se puede discutir la posibilidad de salir en libertad bajo el establecimiento de diversas condiciones.
Ayer el abogado Hugo Tomei, defensor de los ocho acusados por el crimen, planteó tres escenarios para sus defendidos.
A ese escenario hay que sumarle el pedido para que se aplique la figura de homicidio preterintencional, que apunta a situaciones en las que un agresor actúa para causar un daño en el cuerpo o la salud de la otra persona sin intención de matarla pero finalmente lo termina haciendo. Está en el artículo 81 y tiene una pena de reclusión de tres a seris años o prisión de uno a tres.
Fuente: Perfil.com
