Jose Gerez: “la idea es que sea facultativo del fiscal solicitar el juicio directo y que no sea un consenso entre las partes, porque no le afecta ninguna garantía al delincuente”

En este momento estás viendo Jose Gerez: “la idea es que sea facultativo del fiscal solicitar el juicio directo y que no sea un consenso entre las partes, porque no le afecta ninguna garantía al delincuente”
  • Categoría de la entrada:Entrevistas
  • Tiempo de lectura:5 minutos de lectura

El Jefe de Fiscales de la provincia de Neuquén, José Gerez, estuvo en el programa Tercer Puente, en radio 10, hablamos sobre la modificacion del Codigo Procesual Penal.

Al comienzo de la entrevista, habló sobre la modificación del artículo 222 del Código Procesual Penal, que regula la realizacion del juicio directo: «Nuestro codigo Procesual que es modelo tiene un monton de herramientas para el abordaje de la delincuencia, una de las herramientas que el legislador previó cuando se sancionó el código fue precisamente el juicio directo, y le voy a contar a la ciudadanía qué es el juicio directo, para que lo entiendan como funciona: por lo general, funciona en los casos en donde el delincuente es agarrado con las manos en la masa, qué quiere decir esto, que tras por ejemplo robar es demorado con el objeto sustraído y dos testigos que lo vieron cometer el hecho y agregarle una cámara de seguridad, si quisieras bien, pero ya con eso, alcanza, toda la prueba, se reúne en un en ese instante es decir, tengo la persona demorada, tengo el objeto que se llevó en su poder y tengo testigos, que lo vieron, no necesito la etapa de investigación, o sea Neuquén la etapa de investigación dura cuatro meses y el legislador previó que si el fiscal tenía toda la prueba en su momento podía decirle al juez al momento del formular cargos, es decir de acusarlo de un hecho decir que era un juicio directo para este sujeto y el juicio directo se puede realizar en cuestión de horas o de días porque es importante este juicio directo que tiene además todas las garantías de un juicio normal porque ese delincuente que cometió un robo, posiblemente la pena que tenga ese delito pueda ser de ejecución en suspenso, es decir, se aplica la pena, pero se tiene por suspendida bajo ciertas condiciones porque son delitos la mayoría que no tienen penas altas, sino penas que son bajas, pero qué sucede si el delincuente vuelve a cometer un hecho de las mismas características que por lo general la persona que ataca la propiedad lo hace de manera sistemática y como oficio la próxima vez es apenas que tenían suspenso, se le suma a la pena del nuevo juicio y se le hace efectiva.
No vuelvo a cometer el mismo hecho porque no no estamos haciendo juicios directos y acá viene la reforma uno dice claro, la herramienta el artículo 222 comienza diciendo que las partes podrán acordar la realización de un juicio directo en caso de fragancia, dice las partes son dos: es el fiscal es el que investigar y acusa, y la defensa, sistemáticamente del año 2014 que entró en vigencia, el Código uno porque sistemáticamente la defensa se opone al juzgamiento rápido, y la defensa es cambiar las partes por el fiscal, entonces que sea facultativo del fiscal solicitar el juicio directo y que no sea digamos un consenso entre las partes, porque además no le afecta ninguna garantía al imputado al delincuente porque el juicio que se va a llevar adelante, va a estar nutrido de todas las garantías constitucionales que tiene un juicio común etapa de investigación, la prueba la reunión, si yo ya la tengo y se lo pido el juez, pues nos vemos entonces en el debate en el juicio, por qué robó que lo hizo rogar si hubo una causal de justificación, sino la hubo si fue él, si no fue él si hay un montón de cuestiones que se pueden argumentar en defensa, tal vez de los intereses de esa persona, pero vamos al juicio; el juicio común no está para este tipo de casos, el juicio común está para un femicidio, está por un robo calificado con armas, para un abuso sexual, esa herramienta el juicio común que lo que conocemos está apareciendo para el resto de los delitos en flagrancia, está el cuello directo entonces si uno dice, mira, no funciona el juicio directo, bueno, quiero ver el estadísticas de cuantas veces se hizo, no me hace falta decir hemos hecho 35 en la provincia hemos ganado cero.

Fijate vos las personas que robaron organizadamente, en estos últimos días están privadas de la libertad y Ministerio Público la policía actuó rapidísimo, le formulamos cargos, están todos acusados todos privados de la libertad, todos absolutamente todos los que enganchamos podrían haber estado condenados y eso es una respuesta rápida de la sociedad. Hoy están acusados y privados de la libertad, pero no tienen condena. Tenemos que esperar, yo le dije a todos los fiscales como instrucción pidan un juicio directo, es más, eso para demostrar que la defensa se opone, porque yo digo yo lo pido de la defensa, nunca lo piden. En este caso concreto que es un caso que conoce todo el mundo toda la sociedad lo pedimos y están en los diarios, están las crónicas y el fiscal pidió un juramento rápido y la defensa se opuso acá está, para muestra. Quiero que vayamos adelante con esto este proyecto se formalizó junto con el intendente San Martín de los Andes en el marco del Consejo de Seguridad tiene la firma; hay muchos vecinos y de un montón de organizaciones que participan de ese foro local, porque en ese momento San Martín había sido la comunidad víctima de varios hechos».