Acuerdo en el sector petrolero logra reducción en el impuesto a las Ganancias.

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Gremios y cámaras empresariales acuerdan exención del tributo sobre parte del salario en el sector petrolero.

Los gremios petroleros y las cámaras empresariales del sector han alcanzado un acuerdo significativo que resultará en una reducción del impuesto a las Ganancias para los trabajadores del ámbito. A través del acuerdo, se ha convenido aumentar la exención de este tributo sobre parte de los salarios.

La firma del acta entre los sindicatos y la Cámara de Empresas de Operaciones Petroleras Especiales (CEOPE) y la Cámara de Exploración y Producción De Hidrocarburos (CEPH) establece que un 21% del salario normal y habitual, incluyendo las horas extras al 50%, quedará exento del pago del impuesto a las Ganancias.

Este beneficio se suma a los conceptos salariales que ya son exentos según la Ley 26.176 y a la devolución por asignación vianda complementaria no remunerativa, acordada en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).

Es importante resaltar que aquellos adicionales y rubros que ya gozan de beneficios dispuestos y vigentes en la Ley 26.176, así como en acuerdos y convenios previamente homologados, quedarán excluidos de esta nueva exención.

El documento subraya que el 21% eximido no impactará en la escala progresiva del impuesto tal como lo establece el artículo 94 de la ley correspondiente.

Este acuerdo se aplicará a todo el personal comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo N°644/12, CCT N°605/10, CCT N°784/21 y CCT N°643/12, lo que abarca a un amplio sector de trabajadores del ámbito petrolero.

El encuentro que llevó a este acuerdo tuvo lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y ha brindado un alivio a los trabajadores en relación al pago del impuesto a las Ganancias. La ratificación de este acuerdo estará a cargo de la Dirección Nacional de Impuestos, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, y posteriormente será comunicada a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).