Justicia de Neuquén suspende el cobro del impuesto a las ganancias para estatales

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Una medida cautelar frena el tributo en respuesta a un amparo de ATE, cuestionando la constitucionalidad de la ley nacional 27.743.

El Juzgado de Juicios Ejecutivos N°2 de Neuquén, bajo la magistrada María Victoria Bacci, dictó este jueves una medida cautelar que suspende la aplicación del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores estatales de la provincia. Esta acción fue promovida por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y se fundamenta en la supuesta inconstitucionalidad de la reciente Ley nacional 27.743.

La medida cautelar fue solicitada por el apoderado de ATE, Dr. Juan Kairuz, quien argumentó que la nueva ley afecta gravemente los derechos de los trabajadores provinciales de manera arbitraria e ilícita. Según Kairuz, la normativa nacional invade inconstitucionalmente las autonomías provinciales y municipales, restableciendo un impuesto sobre los salarios que ya había sido derogado previamente.

La jueza Bacci ordenó a la Provincia del Neuquén y a sus entes autárquicos y municipales que continúen aplicando la Ley provincial 3378 y la ordenanza municipal 14.509. Esta decisión busca proteger las normativas provinciales y los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores estatales de Neuquén.

En su fallo, la jueza subrayó la urgencia de la situación, indicando que el Estado Provincial debe liquidar los salarios próximamente y que los trabajadores sufrirían un perjuicio irreparable si no se dictara la medida cautelar. Resaltó que el daño sería imposible de reparar posteriormente debido al carácter alimentario del salario.

El martes anterior, el Ejecutivo provincial, a través del Fiscal de Estado Raúl Gaitán, defendió su postura en base al artículo 8 de la Constitución provincial, que obliga a las autoridades a defender la autonomía de la provincia. Argumentó que la ley nacional pretende invalidar legislaciones provinciales y que la medida cautelar es necesaria para proteger los ingresos de los trabajadores estatales.

El fallo también señaló que la ley 27.743 presenta graves vicios en su origen y que su artículo 81 es manifiestamente ilegal e inconstitucional. El tribunal enfatizó que la Constitución es la única ley suprema y que las leyes nacionales son válidas solo si se dictan de conformidad con sus previsiones.

Esta medida cautelar representa un importante respaldo para los trabajadores estatales de Neuquén, al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la ley 27.743.