La empresa fue sancionada por no respetar la normativa de exhibición de productos ultraprocesados. La multa es la más alta impuesta bajo la Ley Provincial 3224.
La dirección provincial de Protección al Consumidor, en conjunto con el Ministerio de Gobierno de Neuquén, multó a una cadena de supermercados con la suma de $107.452.050 por incumplir la Ley Provincial 3224, que regula la exhibición de productos ultraprocesados.
La sanción se originó tras una inspección realizada el 2 de mayo de 2024 en la sucursal ubicada en la calle Presidente Raúl Alfonsín 1305. Durante el control, se constató la presencia de golosinas, bebidas energizantes y cervezas dentro del radio de tres metros de las cajas registradoras, en violación del artículo 1° de la ley de Protección al Consumidor.
El director de Protección al Consumidor, Pablo Tomasini, explicó que esta infracción atenta contra los esfuerzos por proteger la salud de los consumidores, al reducir su exposición a alimentos ultraprocesados que contribuyen a enfermedades como la obesidad y el sobrepeso.
La empresa intentó defenderse argumentando la inconstitucionalidad de la ley, afirmando que afectaba el derecho al comercio y la industria lícita. No obstante, todas las instancias judiciales, incluido el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, rechazaron estos planteos, confirmando la validez de la normativa y la sanción impuesta.
Además de la multa económica, la resolución exige que la empresa publique la sanción en un diario de gran circulación y registre la infracción en el Registro de Infractores, conforme a lo establecido por la ley.
La Ley Provincial 3224 busca proteger a los consumidores limitando la exposición a productos que, por su alto nivel de procesamiento, pueden perjudicar la salud pública. Esta multa ejemplar demuestra el compromiso de las autoridades de Neuquén en la aplicación rigurosa de la normativa para salvaguardar el bienestar de la población.